Liturgia de las Horas

monjeOficio Divino significa etimológicamente un deber cumplido para Dios. En virtud de un precepto divino significa, en lenguaje eclesiástico, ciertas oraciones a ser recitadas en horas fijas del día o de la noche por los sacerdotes, religiosos o clérigos, y, en general, todos los  obligados por su vocación a cumplir con este deber. El Oficio Divino comprende sólo la recitación de ciertas oraciones en el Breviario, y no incluye la Misa y otras ceremonias litúrgicas.

La costumbre de recitar oraciones a ciertas horas del día o de la noche se remonta a los judíos, de quienes los cristianos la tomaron prestada. En los Salmos encontramos expresiones como: «Voy a meditar sobre ti en la mañana»; «Me levanto a medianoche para darte gloria «; «Tarde y mañana y al mediodía hablaré y declararé, y él oirá mi voz»; «Siete veces al día te he glorificado», etc. (cf. «Jewish Encyclopedia”, X, 164-171, sv «Prayer»). Los Apóstoles observaban la costumbre judía de orar a medianoche, tercia, sexta, nona (Hch.10,3.9; 16,25; etc.). La oración cristiana de aquella época consistía de casi los mismos elementos que la judía: recitación o cántico de los Salmos, lecturas del Antiguo Testamento, a las que pronto se añadieron las de los Evangelios, los Hechos y las Epístolas, y en ocasiones cánticos compuestos o improvisados por los presentes. «Gloria in Excelsis Deo» y el «Te decet laus» aparentemente son vestigios de estas inspiraciones primitivas.

Haz clic para acceder a la liturgia de las horas

Facebooktwitterredditpinterestlinkedinmail